viernes, febrero 04, 2022

El voto telemático en el congreso

 

Por fin, por fin, un tema atractivo de tipo jurídico que voy a seguir al detalle en los próximos meses. Un parlamentario español vota telemáticamente en una importante votación en la que su voto decidía la aprobación o no de la ley.

El parlamentario afirma que su voto consta como afirmativo y que quería votar en sentido negativo. Se dirige presencialmente a la cámara y le pide a la presidenta de la cámara que atienda su petición de revisión de su voto (alega que el votó “no”), y hace su alegación antes de que se produzca la votación en la cámara. La presidenta se niega, ordena que la votación general siga adelante y da por aprobada la ley, por un solo voto.

.........................................

Mi opinión es que el voto telemático debería seguir como hasta ahora. Pero que tanto el interesado como los representantes de su grupo deberían poder pedir una confirmación del sentido de su voto (en un plazo de tiempo determinado) si piensan que algo ha salido mal. Y que esa confirmación por parte de la presidencia de la cámara debería ser de obligado cumplimiento, en caso de existir tal petición autorizada del interesado o del grupo. En el caso de que un diputado alegue error técnico, con razón o sin ella, el voto válido sería el que tiene mayor seguridad de comprobación, es decir, el segundo voto: el telemático corroborado con la llamada telefónica.

Lo mismo debería ser válido para el voto presencial. Así evitamos algún error técnico, pues los votos se producen presionando un botón desde el escaño. En caso de apelación el segundo voto sería el válido, puesto que sería comprobable en mayor medida.

Una norma clara debería añadirse para la circunstancia de que hubiera un abuso de estas apelaciones o que se diera una conjura que falseara todos los votos telemáticos o los mecánicos dentro de la cámara. Debería ser una norma realizada por técnicos y expertos, ajena a todo interés político. Se me ocurren distintas posibilidades, pero no os voy a fatigar con ellas. 

Lo que está claro es que en este asunto la norma y sus acuerdos posteriores no eran adecuados.