En España, existe ya un borrador para la nueva Ley de Seguridad Nacional. Los
detalles esenciales de esta nueva ley son dos: primero, los plenos poderes del
presidente del Gobierno; segundo, que es el Ejecutivo, en solitario, el que
declara una situación de Seguridad Nacional.
Como es lógico, esto es una chapuza en el campo del Derecho Constitucional.
Puedes hacer todas las maravillas que quieras a nivel de la Carta Magna que si
después abres esta puerta trasera, poco importan todas las cautelas, barreras y
provisiones de la constitución.
Por supuesto que el Ministerio de Defensa y los servicios de seguridad del
Estado tienen derecho a la defensa inmediata ante cualquier ataque: tanto de
actos terroristas masivos como de una invasión. Para eso no hace falta ninguna
ley: el derecho a la defensa está asegurado. Puede ser inmediato y será a la
medida del ataque.
Ahora bien, el otorgar poderes ilimitados al presidente no es algo que
requiera de inmediatez. La defensa tiene que ver frente a un ataque. Los poderes
ilimitados tienen que ver con la constitución. Que no nos vengan con que una
ley así es necesaria; con que si no existe esta ley, el gobierno tendría las
manos atadas.
No puede ser uno mismo el que se conceda esos poderes especiales. Tampoco
el congreso, porque si un presidente tiene mayoría amplísima en el parlamento,
podría concederse todo. ¿Es que no hemos aprendido de cómo empezaron sus
carreras dictatoriales Putin, de Chávez y tantos otros? El Congreso no puede por
sí solo otorgar poderes ilimitados, porque hay políticos que logran esas
mayorías en los parlamentos.
En mi La decadencia de las columnas jónicas, después de darle
vueltas al tema durante años, llegué a la conclusión de que tiene que ser el
senado, ¡un senado independiente!, el que otorgue esos poderes. Y el senado, al
otorgarlos, determinará qué poderes, en concreto, le otorga; y por cuanto
tiempo.
Mi ley, la de un pobre cura dedicado a los demonios, me parece mil veces mejor
que esa chapuza. ¿Pero es que esos señores no conocen el Derecho Romano? ¿Es
que, a estas alturas del siglo XXI, la construcción legal de un Estado de 47
millones de habitantes, tiene que ser peor que la de los hititas?
Después dirán que es solo un borrador. ¿Pero es que no tienen vergüenza de
presentar un borrador así? Y si, al final, a lo tonto a lo tonto, el borrador recibe
la aprobación del congreso y el senado. Desde luego, cosas más raras se han
visto. Además, esto es solo una ley de poderes absolutos, tampoco hay que
preocuparse tanto.
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Post Data I: En mi libro, determino incluso el
proceso constitucional para sacar del Poder al presidente con poderes especiales
que no deponga esa autoridad al acabar su tiempo de mandato senatorial. En ese
caso, es el Estado Mayor el que interviene como “agente policial” para detener
al que ha quebrantado la ley. Porque también las situaciones excepcionales
deben estar reguladas por la ley.
Post Data II: En la foto de hoy, España (como matrona con cetro real)
abraza a la constitución (representada por una bella mujer). A su derecha, está
la Justicia con una espada. A la izquierda, un joven representa el Valor.