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lunes, marzo 28, 2022

Cuestiones teóricas

 

Ayer leía el comunicado que Alfonso XIII emitió el 15 de abril de 1931, el día que se marchó de España. En ese comunicado decía en una de sus líneas: ...y mientras habla la nación suspendo deliberadamente el ejercicio del Poder Real y me aparto de España, reconociéndola así como única señora de sus destinos.

Todos entendemos lo que él pretendía con esa fórmula: Seguir siendo rey, para después regresar.

Sin embargo, esta es una cuestión apasionante para los amantes del Derecho Constitucional: ¿Se puede suspender el ejercicio del Poder Real por parte del rey?

Hago la pregunta y es un asunto que no tengo claro. Todos sabemos que un rey puede abdicar, pero la suspensión del poder real ¿no es una abdicación?

--no me estoy refiriendo a que algo de facto sea una abdicación

--tampoco me estoy refiriendo a si era lícito o no

--tampoco a si tal supuesto estaba contemplado en las leyes

Lo que me parece una interesante cuestión teórica es si de iure la voluntad suspensión del poder real no es ya de por sí una abdicación. Me gustará escuchar vuestras opiniones.

En principio, y le he dado muchas vueltas, parece que sí: que es posible no renunciar a ese poder, pero no ejercerlo, sea voluntaria o involutariamente.

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Una persona que vive en Estados Unidos ha impreso y encuadernado mi trilogía sobre Dios. Le ha quedado tan bien que os pongo las fotos que me ha mandado.



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Padre Fortea, trabajo como sacristán en el Vaticano. Lo de los reyes está bien. Pero encarecidamente le suplico que escriba más sobre los sacristanes romanos.