Una cuestión moral que se ha planteado es si puede ser lícito que el Estado obligue a la población a vacunarse. Voy a dar mi opinión después de tomarme mucho tiempo
para pensarlo.
Vaya por delante que no tengo nada contra
las vacunas, que no me creo ni una sola
teoría de la conspiración respecto a ellas y que no soy negacionista de la impresionante letalidad y consecuencias que
tiene la COVID.
............................
Analicemos ahora los derechos del ciudadano y del
Estado
—¿Tiene derecho una persona adulta a decidir libremente si quiere recibir
una vacuna? La respuesta indudable es sí.
El Estado no puede obligarte a que tomes menos azúcar o menos colesterol. Los deseos
de un gobierno pueden ser muy encomiables, pero prima la libertad de la persona
como un derecho. El Estado puede dar normas a las empresas, puede hacer
campañas, pero no puede obligar a un ciudadano a que coma esto o lo otro.
—¿Tendría derecho el Estado a obligar a vacunar a todos sus ciudadanos si una enfermedad fuera de unas características tales
que la vacuna fuera la diferencia entre la supervivencia o no de una notable
parte de la población? En principio, el Estado sí que podría lícitamente
imponer la vacunación, aunque hay que añadir algunos matices.
...............
Alguno de esos matices
Aunque esto sea un resumen de todo lo que se puede
decir, pongamos un ejemplo: si el hecho de no vacunarse solo afectara a los que libremente no han querido vacunarse, el Estado no podría imponer semejante medida.
Pero si la negativa irrazonable de unos provocara el
daño grave de una parte importante de la población, sí que se puede admitir el
derecho del Estado a imponer algo si la omisión de ese
algo afecta gravemente a terceros. Los ejemplos que se pueden poner son múltiples: el Estado puede
restringir el derecho a la libertad de expresión, puede confinar a una persona
con tuberculosis o incomunicar a alguien con rabia. Y la lista de casos lícitos
de restricción de libertades seguiría, añadiendo casos basados en el sentido
común.
............................
En el caso presente
¿Realmente el caso presente es de una gravedad tal que
se deba obligar a todos los ciudadanos a suspender un derecho personal? No lo
veo que sea así. Con una mortalidad global en España del 2,1% de los infectados,
pienso que deben primar los derechos de la persona. Los datos actualizados de
letalidad se pueden comprobar en este link:
Las muertes en España, durante el 2020, por COVID
fueron un 17,7% más que el año anterior. En un país que suele tener unas 420 000 muertes anuales. Y eso
en el 2020 en que todavía no se tenían los recursos farmacológicos que hoy se
tienen para tratar la neumonía por COVID. Hoy día la mortalidad es menor que a
principios del 2020.
.................................
La cuestión de Derecho
Lo que aquí, en estas líneas, se plantea no es si
tienen razón o no los que no quieren vacunarse, sino si tienen derecho a no a
rehusar la vacunación. Es decir, nos preguntamos si tienen derecho a tomar
libremente esa decisión sin que nadie les obligue. Nadie niega que un ciudadano
tiene derecho a creer que la Tierra es plana.
No niego el derecho del Estado a vacunar obligatoriamente a todos sus ciudadanos ante un mal objetivo en
el que el daño a terceros (por esa omisión) fuera de mayores dimensiones. Pero las
dimensiones del mal actual, unido a que la obligación del Estado tampoco supone el punto final a este mal, me llevan a esta conclusión.
Insisto, si la vacunación universal obligatoria
supusiese el punto final de esta pandemia, la cuestión se plantearía en otro
campo distinto del actual y podríamos llegar a otras conclusiones respecto a la
licitud de la suspensión de un derecho. Pero la vacunación universal obligatoria solo se impondría en orden a la reducción de un mal que afecta a un 2,1% de la población. Y según los
datos provisionales de Israel, tampoco esa vacunación universal ha supuesto una
reducción de dimensiones de la pandemia en la medida que se esperaba; aunque los
datos de esa nación todavía se están analizando para llegar a una conclusión
global cuantificable.
Alguien me acusará de dar mi juicio moral basándome en las “dimensiones”, en la “cuantificación”, cuando la vida de cada persona es insustituible. Cierto
que es insustituible y un drama único; pero, a la hora de restringir o no un
derecho, las dimensiones, la cuantificación, sí que son elementos suficientes
para tomar o no una decisión moral o para justificar o no la legitimidad en el
campo del Derecho. De lo contrario, el Estado podría intervenir en todo lo que
tenga que ver con la salud. Por ejemplo, por la misma razón, el Estado podría
decir: “Si usted no se cuida la salud y hace deporte, la Seguridad Social no le
atenderá en el hospital, porque todos no tienen que pagar con sus impuestos su
negligencia en hacer deporte y comer menos”. En ese caso, como en tantos, una
decisión personal tiene repercusiones en la colectividad. En realidad, el
criterio lo podríamos usar para casi todo lo que tiene que ver con la salud.